Principios rectores de la política deportiva en la LOPD

Los siguientes artículos comprenden las normas establecidas para la política deportiva en la Comunidad Autónoma de La Rioja, entre los que se aclara y específica el propósito de la actividad deportiva, en qué consiste y finalmente el reconocimiento de los beneficios y valores que aporta el ejercicio físico y el deporte a la sociedad, especialmente a la salud pública para el bienestar general y desarrollo personal.

TÍTULO I

Disposiciones generales y principios rectores de la política deportiva

Artículo 1 Objeto

Es objeto de la presente ley promocionar, coordinar y regular el ejercicio físico y el deporte en la Comunidad Autónoma de La Rioja, así como ordenar su régimen jurídico y su organización institucional, de acuerdo con las competencias que el Estatuto de Autonomía y el resto del ordenamiento jurídico atribuyen a la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Artículo 2 Ejercicio físico y deporte

1. Se entiende por ejercicio físico la práctica de la actividad física de ocio y tiempo libre con un objeto recreativo, de desarrollo de relaciones sociales y de mejora de la salud.

2. Se entiende por deporte todo tipo de ejercicio físico que, mediante una participación organizada, y dirigida por personal cualificado, tenga por finalidad, además de la expresión o mejora de la condición física y psíquica, el logro de resultados en competiciones de todos los niveles.

3. Tiene la consideración de modalidad deportiva toda forma de práctica de actividad físico-deportiva con características estructurales propias que tengan tradición, reconocimiento y reglamentación nacional o internacional, o que sin tener esas características ofrezca suficientes caracteres diferenciales de otras modalidades deportivas oficialmente reconocidas, así como el suficiente arraigo e implantación social.

4. Se entiende por especialidad deportiva aquella disciplina cuya práctica está basada en unos fundamentos técnicos o tácticos que, aún con elementos propios, no ofrecen diferencias sustanciales con una modalidad deportiva oficialmente reconocida por la Administración.

Artículo 3 Acervo del ejercicio físico y del deporte

La Comunidad Autónoma de La Rioja reconoce las especiales cualidades, beneficios y valores que el ejercicio físico y el deporte aportan a la sociedad, en especial en la mejora de la salud pública como medio para alcanzar el bienestar general y el desarrollo personal, y en los ámbitos de la educación, la formación y la cultura, así como en el fomento de la cohesión social y en el respeto al medioambiente.

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